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Actividad principal:
breve descripción de la principal actividad en educación que se desarrolla en la institución, nivel, modalidad,etc. No se aceptará la palabra educación como única descripción de actividad.

Baja de delegación: acción de revocar la responsabilidad de un servidor de nombres por la resolución de nombres

Baja de denominación: acción de eliminar una denominación.

Baja de servidor de nombres: acción de eliminar un servidor de nombres (DNS) del registro. Implica establecer nuevos servidores de nombre para todas las denominaciones de cuya resolución de nombres este servidor se responsabiliza.

Baja de entidad: acción de eliminar del registro los datos de una entidad. Procedimiento a aplicar en caso de desaparición de la entidad o su cese de actividades relacionadas con el registro.

Baja de persona: acción de eliminar del registro los datos de una persona.

Cambio: sustitución, ya sea de una persona por otra, o de una entidad por otra.

Cambio de delegación: acción de sustituir la entidad administradora de una denominación.

Cambio de entidad administradora: sustitución de una entidad administradora por otra. Normalmente trae aparejada la sustitución del servidor de nombres primario, y un cambio de contacto técnico.

Cambio de persona: sustitución de una persona de contacto por otra.

Cambio de persona responsable: acción de sustituir la persona responsable de una denominación por otra persona.

Cambio de contacto técnico: acción de sustituir la persona de contacto técnico por otra persona.

Ciudad: ciudad donde se encuentra la entidad o contacto.

Contacto técnico: persona de contacto para cuestiones técnicas de la denominación. Persona encargada de mantener el servidor de nombres primario para la denominación. Debe poseer una dirección de correo electrónico válida y alcanzable.

CUIT: Código Único de Identificación Tributaria de la República Argentina.

CUE: Clave Única de Establecimientos (CUE) ha sido creada por la Red Federal de Información para codificar todos los establecimientos educativos del país de los niveles inicial, primario/EGB, medio/polimodal y Superior No Universitario (Terciario). Consta de siete dígitos de los cuales los dos primeros corresponden al código de la provincia y el resto a un número adjudicado correlativamente a cada establecimiento de la jurisdicción incluyendo los nacionales.
La encargada de adjudicar a cada establecimiento su CUE es la cabecera de la Red en cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires.

Una base de datos con las CUE se puede encontrar en diniece.me.gov.ar.

Delegación de denominación: acción de transferir la responsabilidad de la resolución de nombres bajo una denominación a un conjunto de servidores de nombres para la misma.

Denominación: identificador completo de un dominio. Está compuesto por la concatenación del nombre y el subdominio, separados por un punto. Por ejemplo NOMBRE-EJEMPLO.EDU.AR. Los únicos caracteres permitidos son las letras, los números y el guión “-“. Limitado a 26 caracteres en total. Las www no son parte de la denominación. Solo debe ingresar solo nombre.

Domicilio: dirección postal de la entidad o contacto incluyendo calle, número, piso y departamento/oficina.

Dirección de correo electrónico: es el medio de preferencia por el cual los solicitantes pueden realizar requerimientos sobre denominaciones.

Dirección IP: notación que representa las direcciones mediante las cuales se identifican los equipos conectados a Internet. Por ejemplo: 200.9.123.18

DNS: Servidor de nombres.

Entidad: persona física o jurídica.

Entidad administradora: Entidad prestadora del servicio de resolución de nombres para la denominación. Entidad que mantiene el servidor de nombres primario, a quien se le delega la administración de nombres bajo la denominación.

Entidad Responsable: Entidad beneficiaria del registro de una denominación.

Establecimiento Educativo: es la unidad organizacional básica del Sistema, con dirección propia y cuya finalidad es la prestación del servicio educativo a la sociedad. Cuenta con una planta orgánica funcional aprobada y con la asignación presupuestaria correspondiente.

Establecimientos educativos formales: se orientan tanto a la educación común como a los regímenes especiales definidos por la Ley Federal de Educación.

Fax: Número de fax, en el formato <código de país> <código de área> <número>.

Identificador de trámite: clave única asignada a cada requerimiento.

Institución: Persona Jurídica.

IP: Internet Protocol.

Modificación: alteración de algunos de los datos de una persona o entidad.

Modificación de datos de servidor de nombres: acción de modificar datos registrados para un servidor de nombres, como por ejemplo su nombre o dirección IP.

Modificación de datos de entidad: acción de modificar datos registrados sobre una entidad, por ejemplo su dirección, sus teléfonos, o efectuar una corrección en su nombre.

Modificación de datos de persona: acción de modificar datos registrados sobre una persona, por ejemplo su dirección postal o electrónica, sus teléfonos, o efectuar una corrección en su nombre.

Modificación de datos de delegación: acción de alterar el conjunto de servidores de nombre para una denominación, sin reemplazar la entidad administradora.

Nombre: concatenación de caracteres pertenecientes al alfabeto definido por las letras del abecedario “a” a “z” representables en código ASCII de 7 bits (sin acentos, diéresis, ni “ñ”), los dígitos “0” a “9” y el carácter “-” (signo menos).

Nombre de servidor de nombres: Nombre canónico del servidor de nombres. Por ejemplo: ns1.tudns.com.ar

Nombre de dominio: denominación.

Nombre de entidad: nombre de la persona física o jurídica que sera dueña del dominio.

Nombre de Institución: nombre de la persona jurídica.

Nombre de persona: nombre de persona respetando el formato Apellido, Nombres.

Operador del server (DNS): contacto técnico.

País: país donde se encuentra la entidad o contacto.

Personas para contacto: persona responsable, contacto técnico y solicitante.

Persona responsable: persona de contacto designada por la entidad registrante, que atenderá todas las cuestiones relativas a la denominación. Deberá poseer una dirección de correo electrónico válida y alcanzable.

Registrante: entidad beneficiaria del registro de una denominación.

Registro de denominación: acción de registrar una denominación a favor de un registrante y delegar la administración del dominio en servidores de nombres (DNS) operados por una entidad administradora, frecuentemente, un proveedor de ese servicio.

Registro de servidor de nombres: acción de registrar un servidor de nombres (DNS) aún no registrado. Los DNS se identifican por su dirección IP, y/o por un nombre unívocamente asociado a esa dirección (nombre canónico).Cada servidor de nombres registrado está unívocamente asociado a una entidad administradora y a un contacto técnico. El DNS primario determina el contacto técnico para una denominación.

Registro NS: registro que indica un servidor de nombres para una denominación. Debe existir, en cada DNS que se declare en la delegación del dominio, un registro NS por cada DNS declarado en el formulario de delegación del dominio. Todo servidor de nombres de una denominación debe responder a una consulta por registros NS de esa denominación con la totalidad de los servidores de nombre para la misma, en forma autoritativa.

Registro SOA: Registro de “Start of Authority” para un dominio. Contiene identificadores del servidor de nombres con autoridad sobre la denominación y su operador, y diversos contadores que regulan el funcionamiento general del sistema de nombres de dominio para la denominación. Todo servidor de nombres de una denominación debe responder a una consulta por el registro SOA de esa denominación en forma autoritativa.

Registro y delegación de denominación: acción de registrar una denominación a favor de un registrante y delegar la administración del dominio en servidores de nombres (DNS) operados por una entidad administradora, frecuentemente, un proveedor de ese servicio.

Requerimiento: solicitud presentada mediante formulario.

Resolución de nombres: genéricamente, traducción de nombres de dominio a direcciones IP y viceversa.

Respuesta Autoritativa: Tipo de respuesta, dada por un DNS a una consulta, en que se indica que el servidor de nombres tiene autoridad sobre el registro por el cual se lo consulta, e implica que es uno de los servidores de nombre del dominio al que pertenece el registro.

Respuesta no Autoritativa: Tipo de respuesta, dada por un DNS a una consulta por cualquier registro, que no está basada en tablas propias, sino que es obtenida consultando a otros servidores de nombres.

Servidor de nombres: equipo que efectúa la resolución de nombres para una denominación.

Servidor de nombres primario: aquel que mantiene los datos originales de los nombres bajo una denominación para efectuar la resolución de nombres para la misma.

Servidor de nombres secundario: aquel que mantiene copia de los datos de los nombres bajo una denominación para efectuar la resolución de nombres para la misma. Obtiene periódicamente copia de los datos originales del servidor de nombres primario.

Solicitante: Entidad que presenta un requerimiento ante la RIU.

Subdominio: subdivisión del dominio AR -Argentina- bajo la cual NIC-ARGENTINA y RIU efectúan los registros correspondientes. Por ejemplo COM.AR, GOV.AR, EDU.AR, etc.

Teléfono: Número de teléfono, en el formato <código de país> <código de área> <número>.

URL: Uniform Resource Locator. Indicador de la localización de un objeto en el WWW.